Desahucio por Impago de Alquiler: Guía Legal Paso a Paso para Propietarios

Para un propietario, pocas situaciones generan tanta impotencia como el impago del alquiler. Cuando las facturas se acumulan y el inquilino deja de responder, el miedo a un proceso largo y costoso paraliza a muchos arrendadores. Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Civil ofrece un camino claro para recuperar tu propiedad.

En este artículo, desglosamos el procedimiento de desahucio por falta de pago para que sepas exactamente a qué te enfrentas y cómo actuar con rapidez.

Paso 1: La Reclamación Extrajudicial (El Burofax)

Antes de acudir al juzgado, siempre recomendamos un último intento amistoso, pero con valor legal. Debes enviar un Burofax con certificación de texto y acuse de recibo al inquilino reclamando la deuda.

Esto tiene dos funciones:

  1. Intentar que pague y evitar el juicio.
  2. Impedir la "Enervación": Si envías el burofax con al menos 30 días de antelación a la demanda y el inquilino no paga, perderá el derecho a "enervar" la acción (es decir, ya no podrá frenar el desahucio pagando en el último momento en el juzgado).


Paso 2: La Demanda de Desahucio

Si el inquilino no paga ni se marcha, es imprescindible presentar una demanda firmada por abogado y procurador. En ella solicitaremos dos cosas:

  • La recuperación de la vivienda (el desahucio).
  • La condena al pago de todas las rentas debidas hasta la entrega de llaves.


Paso 3: El Decreto de Admisión y las Fechas Clave

Una vez admitida la demanda, el Juzgado emite un documento crucial llamado "Decreto de Admisión". Lo interesante de la ley actual es que este documento ya fija desde el principio las dos fechas más importantes:

  • Fecha del Juicio: Solo se celebrará si el inquilino se opone a la demanda.
  • Fecha del Lanzamiento: El día y hora exactos en que la comitiva judicial irá a recuperar la vivienda si el inquilino no se va voluntariamente.

Paso 4: La Reacción del Inquilino

El inquilino tiene 10 días hábiles desde que recibe la demanda para actuar. Pueden pasar tres cosas:

  1. No hace nada: Si no contesta ni paga, el juez dicta el desahucio directamente sin necesidad de juicio y se procede al lanzamiento en la fecha fijada. Es la vía más rápida.
  2. Paga (Enervación): Si es la primera vez y no enviaste el burofax previo con 30 días, puede pagar lo que debe y "rehabilitar" el contrato. El proceso termina y sigue en la vivienda.
  3. Se opone: Si se opone con abogado y procurador alegando que no debe el dinero, habrá que celebrar el juicio.

Paso 5: El Lanzamiento

Es el paso final. Si el inquilino no ha entregado las llaves voluntariamente, la Comisión Judicial, acompañada del procurador (y cerrajero si es necesario), acudirá a la vivienda para tomar posesión de ella y devolvérsela al propietario.

Conclusión: El tiempo corre en tu contra

En los desahucios, cada mes que pasa es una deuda que crece y que a menudo es difícil de recuperar si el inquilino es insolvente. Por eso, la rapidez en iniciar el trámite es vital.

En Omniumlegal, somos expertos en Derecho Civil y Arrendamientos. Aunque nuestro despacho está en Sabadell, gestionamos procedimientos de desahucio en toda la provincia de Barcelona, ayudando a propietarios a recuperar sus inmuebles con la máxima celeridad.

Si tienes un inquilino moroso, no esperes más. Contacta con nosotros para recuperar tu vivienda.

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