Omniumlegal Gana 18.200€ por Vicios Ocultos en un Coche de Segunda Mano

En Omniumlegal, defendemos activamente los derechos de los consumidores. Recientemente, hemos logrado una sentencia favorable en un caso de compraventa de un vehículo de segunda mano que presentaba numerosos defectos ocultos y falta de conformidad.

Antecedentes del Caso: La Compraventa del Vehículo

Nuestro cliente, un particular, adquirió un vehículo de segunda mano, un FORD modelo RANGER, a una vendedora profesional, dedicada a la compraventa de coches usados. La compra se realizó el 26 de julio de 2022 a través de una página de Internet, siendo el precio de 18.000 euros más 200 euros por gastos de transporte y entrega hasta el domicilio de nuestro cliente en Madrid.

El vehículo fue publicitado y presentado con fotos que lo mostraban con la carrocería "impoluta" y en "muy buen estado general, tanto de interior como de exterior". Nuestro cliente confió en la seriedad de la vendedora por ser profesional.

Sin embargo, al recibir el vehículo en Madrid, nuestro cliente se percató de una serie de defectos que desconocía.

Los Defectos Detectados: El Informe Pericial

Desde el momento de la recepción, se observaron abolladuras y arañazos que no aparecían en las fotos, un picotazo en la luna delantera, problemas con las cerraduras de las puertas traseras, y un faro trasero partido y al otro le faltaba un trozo. El multifunción del volante no funcionaba. También presentaba ruidos en el motor al arrancar ("grillos") y chirridos al girar en rotondas, con vibración del volante en carretera.

Aunque la vendedora realizó algunas reparaciones, como la del faro trasero y un impacto en la luna delantera que se creyó ocurrió durante el transporte, los fallos persistieron y se hicieron más evidentes. Los fallos se generalizaron a principios de octubre de 2022.

Ante esta situación, nuestro cliente llevó el vehículo a un taller en Leganés (Madrid). A la vista de los problemas, solicitó un informe pericial para determinar el estado general y las deficiencias.

El informe pericial concluyó que el vehículo presentaba numerosos desperfectos en la carrocería (abolladuras y raspones) y vicios ocultos en los bajos y sistemas eléctricos. El coste total estimado de reparación de todos los desperfectos era de 6.832,37 euros, lo que supone casi un 40% del precio de adquisición del vehículo.

(El informe detallaba 4.623,30 euros para daños de carrocería y 2.209,07 euros para daños ocultos y fallos eléctricos, incluyendo óxido generalizado, fallos en el sensor de dirección (U0126) y en la centralita (U0407)).

La Posición de la Vendedora

La parte demandada se opuso a la demanda. Alegó que nuestro cliente envió a una persona de su confianza ("su primo") a examinar el vehículo personalmente en Sabadell antes de decidir la compra y que, por tanto, no aplicaban las reglas de venta a distancia.

Negó que los defectos tuvieran la naturaleza de "vicio oculto" y argumentó que la mayoría de las faltas eran apreciables a simple vista y pudieron ser inspeccionados. Llegó a sugerir que los daños podrían haber sido producidos con posterioridad a la compra por el propio comprador. En cuanto a los defectos en los bajos, como el óxido, alegó que eran normales en un coche de ese kilometraje y que la ITV no le dio importancia.

La Decisión del Juzgado: Victoria para el Consumidor

El procedimiento ordinario (n.º 292/2023-E) se tramitó en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Sabadell.

Finalmente, el Juzgado dictó la Sentencia n.º 387/2025 dando la razón íntegramente a nuestro cliente.

La sentencia fundamenta la decisión en la acción de resolución contractual basada en el artículo 621-40 del Código Civil de Cataluña. El Juzgado consideró que las pruebas practicadas desmintieron totalmente la afirmación de la demandada de que el vehículo estaba en "muy buen estado general". La prueba pericial demostró la existencia de numerosos defectos y la gravedad de estos quedó justificada por el valor de su reparación, que supera más de una tercera parte del precio del vehículo.

Aplicando los artículos 621-23 y 621-24 del Código Civil de Cataluña, la sentencia destaca que, en la compraventa de consumo de bienes de segunda mano, el vendedor responde de la falta de conformidad que exista en el momento de la entrega y se manifieste durante al menos un año, presumiéndose que ya existía en el momento de su entrega.

Puntos Clave de la Sentencia Favorable

La Magistrada dictaminó:

  • Estimar la demanda presentada por nuestro cliente contra la vendedora.
  • Declarar la resolución del contrato de compraventa.
  • Condena a la demandada a devolver al actor la cantidad de 18.200 euros (precio del vehículo más gastos de transporte).
  • La demandada debe hacerse cargo de los gastos de devolución del vehículo.
  • Las costas del procedimiento se imponen a la parte demandada.

Defendemos tus Derechos

Esta sentencia es un claro ejemplo de cómo la ley protege al consumidor ante la falta de conformidad en la compra de bienes de segunda mano. La prueba pericial jugó un papel fundamental para acreditar la existencia y gravedad de los defectos.

Si usted ha adquirido un vehículo de segunda mano que presenta defectos significativos o no se corresponde con lo que le vendieron, no dude en contactar con Omniumlegal. Estudiaremos su caso y le asesoraremos sobre las mejores acciones legales a seguir para defender sus derechos.

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