VACUNAS A NIÑOS. Puede uno de los padres prohibir la vacunación de su hijo?

Desde que se inició la campaña de vacunación para los niños (inicialmente entre 5 y 11 años), una consulta recurrente en nuestro despacho por parte de padres divorciados es cómo actuar si uno de los dos progenitores quiere vacunar a sus hijos y el otro se opone.

La vacuna no es obligatoria, pero sí recomendada

En España, la vacunación (incluida la del COVID-19) no es obligatoria, pero sí está recomendada por las autoridades sanitarias, siguiendo las directrices de la Organización Mundial de la Salud.

Cuando se trata de vacunas recomendadas, su administración en niños puede adoptarse "aunque los padres se opongan a ello". La Sentencia 141/2000 del Tribunal Constitucional establece que la protección de los derechos fundamentales de los menores corresponde "no solo a aquellos que ostentan la patria potestad sino a los poderes públicos". Estos deben velar por que la patria potestad se ejerza "en interés del menor", por encima de otros intereses.

Si ambos padres están de acuerdo (ya sea para vacunar o no vacunar), no hay conflicto legal. Además, hay que tener en cuenta que un menor de 16 años o más puede decidir vacunarse sin necesidad del permiso parental.

¿A qué progenitor corresponde tomar la decisión de vacunar?

La decisión sobre la vacunación de un hijo menor de 16 años forma parte de la patria potestad. Salvo que uno de los progenitores esté privado de ella, la decisión corresponde a ambos, independientemente de quién tenga la guarda y custodia.

En caso de discrepancia, lo primero es revisar si el convenio regulador o la sentencia de divorcio dice algo específico sobre vacunaciones. Si no dice nada, se debe intentar llegar a un acuerdo, ya sea directamente, a través de abogados o acudiendo a Mediación.

¿Qué hacer si no hay acuerdo sobre la vacunación del menor?

Si el desacuerdo persiste, no queda otra opción que iniciar la vía judicial. Se trata de un procedimiento de jurisdicción voluntaria por discrepancias en el ejercicio de la patria potestad.

El Juez escuchará a ambos progenitores y al Ministerio Fiscal (y al menor si tiene suficiente madurez). Tras valorar los argumentos y, sobre todo, el interés superior del menor, el Juez atribuirá la facultad de decidir sobre esa vacunación concreta a uno de los dos progenitores.

¿Qué ocurre si un progenitor vacuna al hijo sin avisar o en contra del otro?

Dado que los centros de vacunación no suelen exigir la autorización de ambos padres (normalmente basta con que acuda uno), si un progenitor vacuna al hijo sin el consentimiento del otro, no estaría incumpliendo una normativa sanitaria.

Sin embargo, sí estaría tomando una decisión unilateral sobre una cuestión de patria potestad compartida, lo que podría generar conflictos legales posteriores si el otro progenitor decide acudir al juzgado.

Ante cualquier duda sobre decisiones médicas importantes relativas a tus hijos tras un divorcio, es fundamental contar con asesoramiento legal. Contacta con los abogados de familia de Omniumlegal.

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